Articulo 70 Igualdad efec... y hombres

Articulo 70 Igualdad efectiva de mujeres y hombres

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 70. Protección en situación de embarazo.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En el acceso a bienes y servicios, ningún contratante podrá indagar sobre la situación de embarazo de una mujer demandante de los mismos, salvo por razones de protección de su salud.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-03-2007 en vigor desde 24-03-2007