Articulo 7 Transparencia y Buen Gobierno
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Artículo 7. Transparencia de la actividad pública

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Tiempo de lectura: 2 min

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1. Las organizaciones comprendidas en el artículo 3 deben actuar con transparencia, y la deben promover mediante la publicidad y difusión de la información sobre su actividad pública, especialmente a través de internet, en los términos que establecen esta ley y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

2. El principio de transparencia debe aplicarse de forma preferente. Cualquier excepción o limitación se debe derivar de una norma con rango de ley.

3. Los sujetos incluidos en el artículo 3 promoverán la cultura de la transparencia entre la ciudadanía y entre los diferentes sectores sociales, a fin de favorecer el ejercicio del derecho de acceso a la información, impulsar la rendición de cuentas y la creación de valor añadido por medio de la reutilización de la información y promover la asunción del principio de transparencia por parte de las entidades privadas, tanto en la sociedad civil como en las estrategias de responsabilidad social corporativa de las empresas.

Para fomentar la cultura de la transparencia, se llevarán a cabo campañas informativas, cursos y acciones de formación y medidas para la sensibilización y divulgación entre la ciudadanía, y se fomentará entre la población infantil y juvenil mediante proyectos de educación en gobierno abierto, formación a profesorado, recursos didácticos o educación no formal.

4. Se entiende por información pública el conjunto de documentos o contenidos, cualquier que sea su formato o apoyo, que estén en poder de cualquiera de los sujetos incluidos en el artículo 3 y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones, independientemente del momento en que hayan sido elaborados o adquiridos.

5. La publicidad y la puesta a disposición de la información pública se debe ajustar a los límites establecidos en la legislación estatal básica y en la propia de la Generalitat en materia de transparencia, sin perjuicio de lo que se pueda derivar de la normativa de protección de datos de carácter personal, y de la normativa específica que le sea aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-2022 en vigor desde 12-05-2022