Articulo 7 TR Ley General...da Pública

Articulo 7 TR. Ley General de la Hacienda Pública

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 7. Régimen jurídico de la actividad económico-financiera.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Sin perjuicio de la legislación del Estado y de la normativa comunitaria que resulte aplicable, la actividad económico-financiera de la Hacienda de la Junta de Andalucía se regula:

  1. Por la presente Ley y las normas dictadas en su desarrollo.

  2. Por las Leyes especiales en la materia dictadas por el Parlamento de Andalucía.

  3. Por las Leyes del Presupuesto de cada ejercicio.

2. La Junta de Andalucía gozará del mismo tratamiento que la Ley establece para el Estado, tanto en sus prerrogativas como en sus beneficios fiscales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-03-2010 en vigor desde 19-03-2010