Articulo 7 simplificación...itabilidad

Articulo 7 simplificación de trámites para expedición de la Cédula de Habitabilidad

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Artículo 7.

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Se autoriza al Ministro de la Vivienda para las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Decreto y para adaptar el sistema que en él se establece a las viviendas propiedad de los Patronatos oficiales.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a 24 de febrero de 1972.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de la Vivienda,

VICENTE MORTES ALFONSO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-03-1972 en vigor desde 26-03-1972