Articulo 7 Reglamento del...Desarrollo

Articulo 7 Reglamento del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo

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Artículo 7. Documentación que debe aportarse con la solicitud de primera inscripción.

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1. A la solicitud de primera inscripción deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Documento nacional de identidad de los representantes de la entidad y documentación acreditativa de su representación.

b) Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad por medio de la copia del acuerdo de creación o acta fundacional y de sus Estatutos.

c) Copia de la tarjeta de identificación fiscal.

d) Certificado de inscripción en el registro público correspondiente en función de la naturaleza jurídica de la entidad. En dicho certificado deberá constar la denominación, el domicilio social, el número de inscripción, la fecha de alta y, en su caso, de la última actualización y los representantes autorizados.

e) Declaración responsable del representante legal de la entidad en la que se incluya una breve descripción de la actividad que realiza la entidad, el sector al que se dirige su actuación, la relación de actividades, proyectos y programas que la entidad haya realizado en materia de cooperación internacional para el desarrollo, así como, en su caso, las subvenciones y ayudas destinadas a la cooperación internacional para el desarrollo recibidas por parte de las administraciones públicas o por donantes internacionales.

La declaración responsable hará referencia a hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la seguridad social y por reintegro de subvenciones.

f) Certificado de la entidad en el que se acredite la existencia de estructura suficiente para garantizar los fines de la entidad. El certificado deberá contener al menos el organigrama de la entidad y sus delegaciones, el número de personas socias, el personal contratado y el número de voluntarios y cooperantes dedicados a las actividades relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo.

g) Certificado de la entidad en el que se acrediten los fondos recibidos procedentes de cuotas de socios, donaciones e ingresos generados por actividades de captación de fondos privados susceptibles de financiar parte de la actividad de la entidad.

h) Memoria anual correspondiente al último año de actividad, si la tuviere.

2. Los solicitantes podrán autorizar a la AECID a recabar los datos relativos a algunos de los documentos exigidos y a comprobar que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la seguridad social y por reintegro de subvenciones, quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-04-2015 en vigor desde 08-04-2015