Articulo 7 Reglamento de ... Edificios

Articulo 7 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

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Artículo 7. Registro general de documentos reconocidos para el RITE.

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1. Se crea en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y adscrito a la Secretaria de Estado de Energía, el Registro general de documentos reconocidos para el RITE, que tendrá carácter público e informativo.

2. El funcionamiento de dicho registro será atendido con los medios personales y materiales de la Secretaria de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.