Articulo 7 Patrimonio de I. Balears
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»Artículo 7. Representación y defensa en juicio.
Vigente
1. En cualquier asunto relacionado con el patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears ante los juzgados y tribunales, deben ejercer su representación y defensa en juicio los abogados de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con la legislación específica.
2. La comunidad autónoma de las Illes Balears tiene la obligación de ejercer todas las acciones pertinentes para la defensa y, en su caso, la conservación o recuperación de sus bienes y derechos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-04-2001 en vigor desde 24-06-2001