Articulo 7 Parejas de Hecho de Andalucía
Articulo 7 Parejas de Hecho de Andalucía

Articulo 7 Parejas de Hecho de Andalucía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 7. Régimen personal.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Sin perjuicio de la libertad de los miembros de la pareja de hecho para regular los derechos y deberes derivados de sus relaciones personales, las Administraciones Públicas de Andalucía no inscribirán en el Registro los pactos que atentaren contra los derechos fundamentales y las libertades públicas de cualquiera de sus integrantes.