Articulo 7 Modificación 2...ributarias

Articulo 7 Modificación 2011 de diversos impuestos y otras medidas tributarias

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Artículo séptimo. Tributos Locales.

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1. Con efectos a partir del 1 de enero de 2012, los preceptos de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, que a continuación se relacionan, quedarán redactados del siguiente modo:

Uno.

Artículo 100. 5.i).

"i) Otorgamiento de las licencias de apertura de establecimientos, así como por la realización de la actividad de verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación sectorial cuando se trate de actividades no sujetas a autorización o control previo."

Dos.

Artículo 135.2.

"2. En caso de que un mismo inmueble se encuentre localizado en distintos términos municipales se entenderá, a efectos de este Impuesto, que corresponde a cada uno de ellos su exacción por el valor que resulte de la aplicación de la Ponencia Supramunicipal o de las Ponencias Municipales de Valoración que le afecten."

Tres.

Artículo 162.1.

"1. El Impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas.

Cuotas:

a) Turismos:

-De menos de 8 caballos fiscales: 18,42 euros.

-De 8 hasta 12 caballos fiscales: 51,81 euros.

-De más de 12 hasta 16 caballos fiscales: 110,53 euros.

-De más de 16 caballos fiscales: 138,2 euros.

b) Autobuses:

-De menos de 21 plazas: 128,94 euros.

-De 21 a 50 plazas: 184,23 euros.

-De más de 50 plazas: 230,29 euros.

c) Camiones:

-De menos de 1.000 kg de carga útil: 64,54 euros.

-De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 128,94 euros.

-De más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil: 184,23 euros.

-De más de 9.999 kg de carga útil: 230,29 euros.

d) Tractores:

-De menos de 16 caballos fiscales: 32,29 euros.

-De 16 a 25 caballos fiscales: 64,54 euros.

-De más de 25 caballos fiscales: 128,94 euros.

e) Remolques y semirremolques:

-De menos de 1.000 kg de carga útil: 32,29 euros.

-De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 64,54 euros.

-De más de 2.999 kg de carga útil: 128,94 euros.

f) Otros vehículos:

-Ciclomotores: 4,65 euros.

-Motocicletas hasta 125 cc: 6,97 euros.

-Motocicletas de más de 125 cc hasta 250 cc: 11,55 euros.

-Motocicletas de más de 250 cc hasta 500 cc: 22,77 euros.

-Motocicletas de más de 500 cc hasta 1.000 cc: 45,56 euros.

-Motocicletas de más de 1.000 cc: 91,12 euros."

2. Con efectos a partir del 1 de enero de 2012 las cuotas de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas vigentes en 2011 se actualizarán mediante la aplicación a éstas del coeficiente 1,035.

Dicho coeficiente se aplicará también al importe mínimo de las cuotas vigentes en 2011 a que se refiere la regla 16.ªde la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011