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Articulo 7 de Modelo 198, declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios

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Séptimo. Lugar de presentación del modelo 198.

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Uno. La presentación por medio de papel impreso de la declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, modelo 198, se realizará en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal del obligado tributario o declarante, directamente o por correo certificado, utilizando el sobre anual, a que se refiere la letra c) del apartado primero de la presente Orden, en el cual se habrá introducido previamente la siguiente documentación:

a) El «ejemplar para la Administración» de la hoja-resumen del modelo 198 debidamente cumplimentada, en la que deberá adherirse en el espacio correspondiente la etiqueta identificativa que suministra la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el supuesto de no disponer de etiquetas identificativas se cumplimentarán la totalidad de los datos de identificación y se acompañará fotocopia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

b) Los «ejemplares para la Administración» de las hojas interiores del modelo 198 conteniendo la relación de declarados.

Dos. La presentación de los soportes directamente legibles por ordenador conteniendo la «Declaración Informativa anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios» se realizará en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en cuyo ámbito territorial esté situado el domicilio fiscal del declarante, o bien, en la Unidad Central de Gestión de Grandes Empresas de la Oficina Nacional de Inspección o en la Unidad de Gestión de Grandes Empresas de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que tenga atribuidas las funciones de gestión sobre los obligados tributarios a presentar esta declaración.

En todo caso, el soporte deberá ir acompañado de la documentación a que se refiere el número uno del apartado siguiente de la presente Orden.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-11-2004 en vigor desde 30-11-2004