Articulo 7 Medidas fiscal...eneralitat

Articulo 7 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2003 de la Generalitat

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Artículo 7.

Vigente

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Se modifica el artículo 56 de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat Valenciana, que queda redactado de la forma siguiente:

«La tasa se exigirá a razón de 12 euros por cartel.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2003 en vigor desde 01-01-2004