Articulo 7 Medidas Fiscal... de Madrid

Articulo 7 Medidas Fiscales y Administrativas 2003 de Madrid

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 7. Modificación parcial de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el apartado 7.6 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos, que queda redactado en los siguientes términos:

Procedimiento Administrativo: «7.6 Sancionador en materia sanitaria.»

Plazo máximo de resolución y notificación: Nueve meses.

Efecto del silencio administrativo: Caducidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-2004 en vigor desde 02-06-2004