Articulo 7 Medidas Económ...edio Rural

Articulo 7 Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural

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Artículo 7. Sensibilización social en materia demográfica.

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1. Corresponderá a las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha la sensibilización de la sociedad sobre el cambio demográfico y sus implicaciones, así como sobre los valores que caracterizan la vida en el medio rural y sus ventajas sociales, económicas y ambientales.

2. Las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha colaborarán con los medios de comunicación social que actúen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la transferencia a la ciudadanía del conocimiento en materia demográfica.

3. Se pondrá en valor la imagen y reputación del medio rural, potenciando con estrategias territoriales de comunicación, la realidad de las áreas rurales y de sus ventajas sociales y económicas, destacando los valores que caracterizan la vida en el mundo rural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-05-2021 en vigor desde 01-06-2021