Articulo 7 itinerarios de...1 de abril

Articulo 7 itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril

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Artículo 7. Perfil del personal técnico y administrativo de las Unidades de Orientación.

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1. El personal técnico de las Unidades de Orientación que, en todo caso, deberá contar con el dominio de las herramientas ofimáticas y de uso de Internet a nivel de usuario, deberá cumplir alguno de los perfiles mínimos de titulación, formación y experiencia siguientes.

Perfiles

Titulación

Formación

Experiencia

1

Preferente

30 horas de formación específica en el modelo de orientación de la Red Andalucía Orienta impartida por la Agencia Servicio Andaluz de Empleo

6 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta ó 12 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos.

2

Preferente

70 horas de formación en orientación laboral impartida u homologada por la administración pública, estatal o autonómica, competente en materia de orientación profesional y/o formación.

6 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta ó 12 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos

3

Preferente

70 horas de formación específica en el modelo de orientación de la Red Andalucía Orienta impartida por la Agencia Servicio Andaluz de Empleo

No se requiere

4

Otras

70 horas de formación en orientación laboral impartida u homologada por administración pública, estatal o autonómica, competente en materia de orientación profesional y/o formación.

12 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta ó 24 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos.

5

Otras

70 horas de formación específica en el modelo de orientación de la Red Andalucía Orienta.

6 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta ó 12 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos.

A estos efectos se considerará:

a) Titulaciones preferentes: Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía, Sociología/Ciencias Políticas y Sociología, Ciencias del Trabajo, Educación Social, Trabajo Social, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Relaciones Laborales y Graduado Social, Derecho, Economía, Administración y Dirección de Empresas y Ciencias Empresariales.

b) Otras titulaciones: Con carácter general se requerirá cualquier titulación universitaria. No obstante, para el personal técnico que desarrolle acciones específicas de Acompañamiento a la Inserción, la titulación mínima exigida será de Formación Profesional, en Grado Superior, específica en Integración Social, o similar.

2. En aquellos supuestos en los que la Unidad de Orientación cuente con personal técnico específico para la gestión de la Iniciativa Activa Empleo Joven, regulada por el Decreto-ley 6/2014, de 29 de abril, además, deberá tener una experiencia, de al menos, 6 meses en atención a personas jóvenes o, en su defecto, formación mínima de 50 horas en atención a dicho colectivo.

3. En el supuesto de que la Unidad de Orientación cuente con un módulo de autoorientación una de las personas del equipo técnico deberá disponer, además, de los siguientes conocimientos:

a) 30 horas de formación específica o 3 meses de experiencia profesional en manejo de redes locales informáticas.

b) 50 horas de formación específica en tecnologías de la información y la comunicación y/o Web 2.0 o 3 meses de experiencia profesional en el uso de las mismas.

4. El personal de apoyo administrativo de la Unidad de Orientación deberá tener formación profesional específica en el área administrativa o, en su defecto, experiencia laboral de al menos 12 meses en tareas administrativas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-10-2014 en vigor desde 03-10-2014