Articulo 7 Impuestos Medi...ovoltaicos

Articulo 7 Impuestos Medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos

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Artículo 7. Obligados tributarios.

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1. Son sujetos pasivos del impuesto en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean titulares de las instalaciones de los parques eólicos que generen el hecho imponible del impuesto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Serán responsables solidarios del pago del impuesto las personas que exploten los parques eólicos que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes sean titulares de los mismos.