Articulo 7 Impuesto sobre...-Derogada-

Articulo 7 Impuesto sobre la Renta de No Residentes de Álava -Derogada-

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Artículo 7. Individualización de rentas

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A los contribuyentes personas físicas les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias sobre individualización de rentas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-05-1999 en vigor desde 03-05-1999