Articulo 7 Hacienda y Sector Público
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Artículo 7. Criterios generales de programación del gasto público.

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La programación del gasto público, mediante la asignación equitativa de los recursos, así como su ejecución, responderán a los criterios de estabilidad presupuestaria, plurianualidad, transparencia, eficiencia y economía, y se orientarán a hacer efectivo el principio de solidaridad, al establecimiento de un equilibrio entre las distintas partes del territorio de la Comunidad y al cumplimiento de los principios rectores de la política económica establecidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006