Articulo 7 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias
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Artículo 7. Plan Estratégico de Consumo.

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Corresponde al Gobierno de Navarra la planificación general de la política de Consumo en la Comunidad Foral de Navarra. A tal efecto el departamento competente en materia de consumo elaborará un plan estratégico en el que se contemplará su proceso de evaluación y que deberá ser debatido en seno del Consejo Navarro de Consumo.