Articulo 7 Cooperativas de Cantabria

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Artículo 7. Responsabilidad de la cooperativa.

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La cooperativa responderá de sus deudas con todo su patrimonio presente y futuro, excepto el correspondiente al fondo de promoción y formación cooperativa, que sólo responderá de las obligaciones estipuladas para el cumplimiento de sus fines.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-11-2013 en vigor desde 18-01-2014