Articulo 7 Caza de Extremadura
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Artículo 7. Órgano competente.

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La Consejería con competencias en materia de caza es el órgano de la Administración autonómica responsable de ejecutar la política relativa a esta materia que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

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  • Texto Original. Publicado el 15-12-2010 en vigor desde 15-06-2011