Artículo 7 bis Incompatib...tos Cargos

Artículo 7 bis Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos

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Artículo 7 bis. Actividades docentes, culturales y científicas en los ámbitos público o privado.

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El ejercicio de los cargos o de los puestos de trabajo a que se refiere esta ley será compatible, tanto en el ámbito público como en el privado, con las actividades siguientes, siempre que no comprometan la imparcialidad en sus funciones y no comporten ningún tipo de menoscabo del cumplimiento de los deberes o las funciones correspondientes:

a) La asistencia ocasional como ponente a seminarios, conferencias, congresos, jornadas de trabajo o estudio, o cursos de carácter profesional, siempre que no sea consecuencia de una relación laboral de prestación de servicios.

b) Las actividades ocasionales de carácter cultural, científico o docente, como la impartición de clases en escuelas oficiales de administración pública, siempre que no sean consecuencia de una relación laboral o de prestación de servicios.

c) La impartición de clases en la universidad con carácter de profesor asociado o profesora asociada.

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