Articulo 7 Áreas de promo...ica urbana

Articulo 7 Áreas de promoción económica urbana

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Artículo 7. Determinación de la participación en el área de promoción económica urbana

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1. Todas las personas titulares del derecho de posesión de los locales incluidos dentro del ámbito del área de promoción económica urbana participan de los derechos y obligaciones establecidos en el convenio en proporción a la superficie construida catastral de cada establecimiento y local incluido en el área, de acuerdo con la siguiente tabla, que determina el número de votos y las cuotas que corresponden a cada uno:

Tipología

Superficie construida catastral

Votos

Coeficiente/obligaciones de pago (X = cuota mínima a pagar, que se determina en función del proyecto de la APEU)

I

s ≤ 300 m2

1

x

II

300 m2 < s ≤ 800 m2

1,5

1,5x

III

800 m2 < s ≤ 1.300 m2

2

2x

IV

1.300m2 < s ≤ 2.500 m2

3

3x

V

2.500 m2 < s ≤ 10.000 m2

4

4x

VI

s > 10.000 m2 (establecimiento colectivo de 50 establecimientos individuales o más).

5

5x

2. En los casos de suelo sin edificación, se entiende por superficie construida catastral la superficie catastral de la parcela.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2020 en vigor desde 13-01-2021