Articulo 69 Reglamento de...rio Fiscal

Articulo 69 Reglamento del Ministerio Fiscal

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Artículo 69. Resolución del concurso.

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1. Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Inspección Fiscal elaborará una propuesta de resolución del concurso que será comunicada a toda la carrera fiscal y de la que dará cuenta al Consejo Fiscal, tras lo cual elevará dicha propuesta, con las observaciones formuladas, al Ministerio de Justicia para su aprobación y publicación.

La presentación de solicitudes deberá realizarse por medios electrónicos conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo para la resolución del concurso será de dos meses contados desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de solicitudes, salvo que la propia convocatoria, en supuestos excepcionales, establezca otro distinto.

2. Las plazas se adjudicarán, en primer lugar, a los solicitantes en servicio activo, en servicios especiales, suspensión provisional de funciones y excedencia voluntaria prevista en los párrafos c), d) y e) del artículo 84.1.

3. Las vacantes que resultasen por no haber solicitantes suficientes en las situaciones señaladas en el apartado anterior, se proveerán entre aquellos que hayan solicitado el reingreso conforme al siguiente orden de preferencia:

a) Quienes procedan de la situación de suspensión definitiva.

b) Quienes hubieren sido rehabilitados.

c) Quienes procedan de la situación de excedencia voluntaria que no comporte reserva de plaza.

4. Cuando no hubiere solicitantes de alguna de las plazas de segunda categoría ofrecidas, esta será adjudicada al fiscal o abogado fiscal que ocupe plaza de la categoría tercera más antiguo en el escalafón destinado en la propia fiscalía o sección territorial, sin que sea de aplicación a estos efectos lo dispuesto en el artículo 67.