Articulo 69 Reglamento de... Andalucía

Articulo 69 Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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Artículo 69. Compatibilidad de las sanciones.

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Las multas por la comisión de infracciones se impondrán con independencia de las demás medidas previstas en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y en el presente Reglamento.

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  • Texto Original. Publicado el 07-04-2010 en vigor desde 07-05-2010