Articulo 69 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
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»Artículo 69. Cláusula subrogatoria.
Vigente
Además de las competencias expresamente previstas por el presente Estatuto, la Comunidad Autónoma de Aragón ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuya al Gobierno de España con relación a la Administración de Justicia en Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007