Articulo 69 Decreto-ley8/...endimiento

Articulo 69 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.

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Artículo 69. Formación, número, dotación y Régimen de Seguridad Social de las becas.

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1. El número de becas para la convocatoria de 2013 es de un máximo de 100.

2. Al curso de internacionalización asistirán los 120 primeros candidatos o candidatas seleccionados.

3. De los 120 candidatos o candidatas que realicen el curso de formación sólo los 100 primeros seleccionados por orden de puntuación serán beneficiarios de la beca de internacionalización, quedando los 20 restantes como suplentes.

4. Cada beca comprenderá una asignación bruta anual máxima de 4.800 euros, para la convocatoria de 2013, más la aportación del centro colaborador en el que el becario o becaria desarrolle las prácticas. La suma de ambas aportaciones no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional fijado para 2013 y se recogerá en el correspondiente acuerdo de colaboración que deberá ser validado por la entidad colaboradora.

5. Este importe aportado por la administración se incrementará dependiendo de la distancia entre el centro de destino asignado y el municipio de residencia en los siguientes términos.

a) Un 20% cuando la persona beneficiaria deba trasladarse de su municipio de residencia, dentro de la misma provincia, en razón del destino asignado.

b) Un 30% cuando la persona beneficiaria deba trasladarse de su provincia de residencia, en razón del destino asignado.

6. Los beneficiarios deberán tributar de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. De la asignación se detraerá la correspondiente retención de acuerdo con la normativa de aplicación.

7. Las personas beneficiarias se incluirán en el Régimen General de la Seguridad Social de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013