Articulo 68 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 68.- Principios informadores.
Vigente
1.- Los procedimientos para el ejercicio de potestades vinculadas al Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión estarán informados por los principios de imparcialidad, pro actione, igualdad, proporcionalidad, buena fe, confianza legítima, simplificación, claridad, publicidad, transparencia, respeto a la confidencialidad y garantía de seguridad de la información, además de por los que derivan de la legislación sobre procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2.- Lanbide-Servicio Vasco de Empleo orientará su actuación a la ciudadanía, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora del sector público vasco.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-03-2023