Articulo 68 Reestructurac...nistrativa

Articulo 68 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa

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Artículo 68. Modificación del artículo 2 de la Ley 20/1987

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Se modifica el artículo 2 de la Ley 20/1987, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 2

"Objeto

"1. La Institución de las Letras Catalanas tiene por objeto promover la presencia pública de la literatura, trabajar para garantizar el prestigio social de los escritores catalanes y ejercer de agente colectivo de las letras catalanas ante la sociedad.

"2. A los efectos de la presente ley, se entiende por letras catalanas el conjunto de la producción literaria en lengua catalana en cualquier género y difundida por cualquier medio.

"3. Para cumplir su objeto, la Institución de las Letras Catalanas debe velar por el cumplimiento de los siguientes objetivos:

"a) Promover la literatura y fomentar la lectura en general.

"b) Proteger y difundir el patrimonio literario catalán.

"c) Impulsar el reconocimiento social de las letras catalanas y dar la máxima proyección pública a los escritores catalanes.

"d) Apoyar a los escritores en lengua catalana y a las asociaciones del sector."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011