Articulo 68 Caza de C La Mancha
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Articulo 68 Caza de C. La Mancha

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Artículo 68. Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza.

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1. La Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza será la máxima autoridad en lo referido a la valoración y homologación de trofeos de caza conseguidos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. Su adscripción, composición y funcionamiento se desarrollará por Orden de la Consejería.

2. La valoración y homologación oficial de los trofeos de caza se realizará aplicando las fórmulas de valoración correspondientes a cada especie definidas por la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza, en el ámbito de las normas de homologación del Consejo Internacional de la Caza (C.I.C.).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-03-2015 en vigor desde 01-04-2015