Articulo 67 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
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»Artículo 67. Vinculación
Vigente
Las Administraciones Públicas desarrollarán sus actividades con incidencia territorial de forma coordinada en el marco de las directrices del Plan Nacional de Ordenación.
Sección 3. Planes Directores Territoriales de Coordinación
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-1992 en vigor desde 01-07-1992