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Articulo 67 Supervisión prudencial de empresas de servicios de inversión

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Artículo 67. Transposición

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1. A más tardar el 26 de junio de 2021, los Estados miembros adoptarán y publicarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Directiva. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión.

Aplicarán dichas medidas a partir del 26 de junio de 2021. No obstante, los Estados miembros aplicarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 62, punto 6, por lo que respecta al artículo 8 bis, apartado 3, de la Directiva 2013/36/UE, a partir del 27 de diciembre de 2020, y las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64, punto 5, a partir del 26 de marzo de 2020.

Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2. Desde el momento de la entrada en vigor de la presente Directiva, los Estados miembros se asegurarán de que se transmita a la Comisión, con la suficiente antelación para permitirle presentar observaciones, la información sobre cualquier proyecto de disposiciones legales, reglamentarias o administrativas que se propongan adoptar en el ámbito regulado por la presente Directiva.

3. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión y a la ABE el texto de las disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Cuando los documentos que los Estados miembros adjunten a la notificación de las medidas de transposición que hayan adoptado no basten para comprobar completamente la conformidad de las disposiciones de transposición con determinadas disposiciones de la presente Directiva, la Comisión, cuando la ABE así lo solicite con el objeto de desempeñar sus funciones en virtud del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, o por propia iniciativa, podrá exigir a los Estados miembros que presenten información más detallada sobre la transposición y ejecución de dichas disposiciones y de la presente Directiva.