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Articulo 67 Servicios sociales de Navarra

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Artículo 67. Formas de iniciativa privada.

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1. Las entidades de iniciativa privada de servicios sociales podrán ser de iniciativa social y de iniciativa mercantil.

2. Son entidades de iniciativa social las fundaciones, asociaciones, entidades de voluntariado y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 65.

3. Son entidades de iniciativa mercantil las personas físicas y jurídicas privadas con ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 65.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2006 en vigor desde 20-03-2007