Articulo 67 Residuos y su Fiscalidad
Articulo 67 Residuos y su Fiscalidad

Articulo 67 Residuos y su Fiscalidad

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 67. Sanciones en materia de residuos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las sanciones que podrán imponerse por la comisión de infracciones en materia de residuos serán las delimitadas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-06-2018 en vigor desde 23-06-2018