Articulo 67 Reglamento re... turístico

Articulo 67 Reglamento regulador del alojamiento turístico

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Artículo 67. Especialidades de las casas rurales

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1. Las casas rurales podrán obtener, cuando proceda, alguna de las siguientes denominaciones como especialidad de alojamiento:

a) Casa rural-masía, casa rural-alquería o casa rural-riurau.

Cuando el servicio de alojamiento se preste en edificios aislados de más de 50 años de antigüedad, debidamente datados y catalogados y que, rehabilitados o no, respondan a la arquitectura tradicional de la zona donde se ubiquen, la casa rural podrá añadir la denominación masía, alquería o riurau. Estos extremos se acreditarán mediante certificado del ayuntamiento correspondiente.

b) Casa rural-casa de pueblo.

Podrán ostentar la denominación casa de pueblo aquellas casas rurales en las que el servicio de alojamiento se preste en edificios que constituyan una única vivienda, estén situados en el casco urbano, y se conserven o se hayan rehabilitado conforme a la arquitectura y con los materiales tradicionales de la zona donde se ubiquen, sea cual sea el número de sus plantas o alturas. Estos extremos se acreditarán mediante certificado del ayuntamiento correspondiente. La casa rural podrá añadir a su denominación casa de pueblo.

c) Agroturismo.

Podrán ostentar esta denominación, aquellos establecimientos integrados en explotaciones agrarias, constituidos por una dependencia o conjunto de ellas integradas y destinadas conjuntamente a vivienda y a satisfacer las necesidades de una explotación agrícola.

La vivienda habrá de ocupar la totalidad de las dependencias o una parte de las mismas con salida propia a un elemento común o a la vía pública.

2. Cuando, por la arquitectura tradicional de la zona donde se ubiquen las casas rurales, la denominación utilizada sea distinta a cualquiera de las recogidas en el apartado 1 anterior, podrán añadir, previa justificación y cumplimiento de los requisitos en él exigidos, la denominación tradicional de dicha zona.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-2021 en vigor desde 08-05-2021