Articulo 67 Puertos de la Generalitat
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»Artículo 67. Tipo de gravamen
Vigente
El tipo de gravamen anual aplicable a la base imponible será el que por metro cuadrado y año se indica en la siguiente tabla.
Concepto | €/m 2/año |
Espejo de agua | 0,8418 |
Relleno sin urbanizar | 3,3926 |
Terrenos urbanizados sin edificar | 14,4255 |
Tinglados y almacenes | 26,2874 |
Edificios (por m 2 construido) | 38,1619 |
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-06-2014 en vigor desde 19-06-2014