Articulo 67 Patrimonio Cultural de Castilla y León
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»Artículo 67. Financiación pública del patrimonio cultural.
In Vacatio
En los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para cada ejercicio se consignarán créditos destinados específicamente a la protección, ordenación y promoción del Patrimonio Cultural de Castilla y León; garantizando el conocimiento, investigación, conservación, uso y difusión de este patrimonio.