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Articulo 67 Ordenación del Sistema Universitario

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Artículo 67. Nombramiento del Presidente o Presidenta.

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1. El Presidente o Presidenta del Consejo Social será nombrado mediante Decreto del Gobierno de Aragón de entre los miembros del Consejo Social que sean representantes de los intereses sociales a propuesta del titular del Departamento competente en materia de educación universitaria y oído el Rector o Rectora.

2. El mandato del Presidente o Presidenta será de cuatro años, a contar desde la publicación de su nombramiento en el « Boletín Oficial de Aragón » , y sin perjuicio de la posibilidad de su renovación por una sola vez.

3. El Presidente o Presidenta del Consejo Social podrá ser cesado por Decreto del Gobierno antes de la finalización de su mandato.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-06-2005 en vigor desde 25-06-2005