Articulo 67 Funcionamient...nistración

Articulo 67 Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 67. Dirección y organización.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El ejercicio de las funciones de asistencia jurídica se efectuará, con carácter exclusivo, a través de los Letrados adscritos a la Dirección General de los Servicios Jurídicos del Gobierno de La Rioja, a quien corresponde la dirección y coordinación de dicha asistencia jurídica.

2. Reglamentariamente se regulará la organización, funcionamiento y sistema de coordinación de la Dirección General de los Servicios Jurídicos del Gobierno de La Rioja.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2005 en vigor desde 07-09-2005