Articulo 67 Directrices d...ributarias

Articulo 67 Directrices de Ordenación Territorial y Medidas Tributarias

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Artículo 67.

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La ordenación, prevención y gestión de los residuos se tiene que establecer mediante los planes directores sectoriales de prevención y gestión de residuos no peligrosos, de ámbito insular, y el plan director sectorial de prevención y gestión de residuos peligrosos, de ámbito autonómico.

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