Articulo 67 Código de accesibilidad

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Artículo 67. Accesos

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67.1 Los edificios y establecimientos existentes objeto de alguna intervención han de tener un acceso principal que sea accesible o practicable en todas aquellas situaciones en que el anexo 3d lo determina.

67.2 Las condiciones de accesibilidad indicadas en el apartado anterior se pueden resolver mediante un acceso secundario alternativo cuando se justifica que no hay ningún acceso principal que pueda cumplir las condiciones requeridas sin efectuar obras desproporcionadas y se cumplen todas las condiciones siguientes:

a) El uso del acceso alternativo accesible no está condicionado a autorizaciones expresas o algún otro tipo de limitaciones.

b) El recorrido desde la vía pública hasta un punto de recepción, a través del acceso alternativo accesible, no supera más de seis veces la longitud del recorrido por el acceso principal que sustituye.

c) El itinerario por el acceso alternativo accesible hasta el punto de recepción no contiene elementos ni atraviesa espacios que puedan generar un trato marginador o discriminatorio respecto a las características del itinerario principal.

d) El acceso principal informa de la ubicación del acceso alternativo accesible y su recorrido está suficientemente señalizado.

67.3 Las obras de reforma parcial que afectan a menos de la mitad de la zona de uso público y no intervienen en los accesos no comportan por sí solas la adecuación de estos. No obstante, esta adecuación resulta exigible cuando contribuyen otras circunstancias como la ampliación de superficies de uso público, el incremento de la ocupación previa y otros supuestos previstos en los anexos 3d y 3e.

67.4 Los edificios y establecimientos que tienen todos los accesos situados entre tramos de vía pública con escaleras o pendientes medias superiores al 12% y son objeto de cambio de uso o ampliación han de cumplir las mismas condiciones establecidas en los artículos 41.4, 41.5, 41.6 y 41.7 para los edificios de obra nueva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 01-03-2024