Articulo 67 Acogimiento familiar en C. Valenciana
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»Artículo 67. Composición y funcionamiento de la Comisión
Vigente
1. La Comisión de Acogimiento Familiar se compondrá por las personas y regirá por las normas de funcionamiento que se determinen en el Decreto que desarrolle la regulación del Observatorio Valenciano de la Infancia y la Adolescencia previsto en el artículo 181 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2021 en vigor desde 09-03-2021