Articulo 66 Tasas y Precios Públicos de C. León
Artículo 66. Cuotas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
1. Por inspección fitosanitaria a viveros, establecimientos de horticultura, arboricultura, fruticultura y jardinería, campos y cosechas, instalaciones, e inspección fitosanitaria para el comercio interior de productos: 55,75 euros.
2. Por inscripción en Registros Oficiales:
a) Registro de empresas dedicadas al acondicionamiento de granos para la siembra: 11,35 euros.
b) Registro de establecimientos Fitosanitarios y Zoosanitarios: 22,45 euros.
c) Registro de comerciantes productores de plantas vegetales y otros objetos de procedencia vegetal: 5,95 euros.
3. Informes facultativos: 55,75 euros.
4. Certificaciones de traslado de aforos y certificación de semillas y plantas de vivero: 55,75 euros.
5. Tramitación de expedientes de cambio de aprovechamiento de terrenos: 55,75 euros.
6. Expedición de certificados:
a) Que requieran la búsqueda de expedientes archivados: 16,90 euros.
b) Que no requieran la búsqueda de expedientes archivados: 6,90 euros.
7. Expedición y renovación del carné de utilización de productos fitosanitarios: 4,11 euros.
- Modificación realizada (66 (apdos. 2, 3 y 4)) por LEY 1/2023, de 24 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
(BOCYL de 06-03-2023) en vigor desde 07-03-2023 - Modificación realizada (66) por LEY 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas.
(BOCYL de 06-07-2017) en vigor desde 07-07-2017 - Artículo modificado por LEY 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León.
(BOCYL de 29-12-2014) en vigor desde 01-01-2015