Articulo 66 Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal Canario
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»Artículo 66.- Devoluciones en régimen de viajeros.
Vigente
La devolución del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias en régimen de viajeros se regirá por el procedimiento establecido en el artículo 11 de este Reglamento.
Modificaciones
- Modificación realizada (66) por DECRETO 232/2022, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por Decreto 268/2011, de 4 de agosto.
(BOC de 29-12-2022) en vigor desde 20-02-2023 - Artículo modificado por DECRETO 111/2018, de 30 de julio, que modifica el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
(BOC de 07-08-2018) en vigor desde 08-08-2018