Articulo 66 Presupuestos Generales para 2022 de Canarias
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»Artículo 66. Avales de los demás entes del sector público autonómico.
Vigente
Los entes del sector público autonómico con presupuesto limitativo distintos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los entes del sector público autonómico con presupuesto estimativo y las universidades públicas canarias o sus organismos dependientes no podrán prestar avales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022