Articulo 66 Presupuestos 2021 Canarias

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Artículo 66.- Suministro de información.

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Todos los agentes del sector público autonómico, las universidades públicas canarias, así como sus entes dependientes, clasificados en el sector Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con la clasificación de unidades que se realice en el ámbito de la contabilidad nacional, suministrarán a la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos la información necesaria para dar cumplimiento a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021