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Articulo 66 Prestaciones sociales de carácter económico

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Artículo 66. Proyecto educativo individual (PEI)

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1. El proyecto educativo individual es el documento que recoge los compromisos de itinerario hacia la autonomía personal que tiene que realizar el joven y los apoyos que tiene que recibir de los técnicos de la consejería competente en materia de servicios sociales.

2. Este documento tiene que estar pactado y firmado por una persona técnica encargada del seguimiento del PEI y por el joven.

3. El PEI siempre puede modificarse, de forma consensuada, a instancia del joven o de la persona técnica encargada del seguimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2020 en vigor desde 17-06-2020