Articulo 66 Policías Locales
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»Artículo 66. Carrera profesional.
Vigente
El Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía promoverá un plan de carrera profesional en el que los cursos que imparte se convaliden, de conformidad con la normativa de aplicación, con las titulaciones académicas del sistema educativo.