Articulo 66 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Aragón
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»Artículo 66. - Modificación de la Ley 9/2011, de 24 de marzo, de mediación familiar de Aragón.
Vigente
El apartado 3 del artículo 8 de la Ley 9/2011, de 24 de marzo, de mediación familiar de Aragón, se redacta como sigue.
«3. Las personas que reúnan los requisitos de titulación y formación específica para prestar el servicio de mediación familiar se inscribirán en el Registro de Mediadores Familiares de Aragón.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-03-2012 en vigor desde 20-03-2012