Articulo 66 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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Artículo 66. Reducción de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.

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En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento (CEE) número 1911/1991, del Consejo, de 26 de junio de 1991, relativo a la aplicación de las disposiciones del Derecho Comunitario en las islas Canarias, y en el Reglamento (CEE) número 564/1993, del Consejo, de 8 de marzo de 1993, la reducción progresiva de los tipos de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías se ajustará al siguiente calendario:

- El día 31 de diciembre de 1996 los tipos de gravamen se reducirán en un 1 por 100 respecto a los tipos de gravamen vigentes el día 30 de diciembre de 1996.

- El día 31 de diciembre de 1997 los tipos de gravamen se reducirán en un 5 por 100 respecto a los tipos de gravamen vigentes el día 30 de diciembre de 1996.

- El día 31 de diciembre de 1998 los tipos de gravamen se reducirán en un 10 por 100 respecto a los tipos de gravamen vigentes el día 30 de diciembre de 1996.

- El día 31 de diciembre de 1999 los tipos de gravamen se reducirán en un 30 por 100 respecto a los tipos de gravamen vigentes el día 30 de diciembre de 1996.

- El día 31 de diciembre del año 2000 quedará suprimida la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1996 en vigor desde 01-01-1997