Articulo 66 Estatuto Básico del Empleado Público
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»Artículo 66. Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.
Vigente
La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere.
La pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2007 en vigor desde 13-05-2007